Nuevas obligaciones para la empresa: Elaborar un Plan de Igualdad

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Nuevas obligaciones para la empresa: Elaborar un Plan de Igualdad

Con fecha 8 de marzo ha entrado en vigor el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación incluye estas medidas en materia de Planes de Igualdad:

A modo de resumen estos son los 5 aspectos más importantes:

1.- Plan de Igualdad en empresas de 50 o más trabajadores

En el caso de las empresas de cincuenta o más trabajadores, la ley establece la obligatoriedad de elaborar y aplicar un plan de igualdad, que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral.

2.- Se amplía y modifica el contenido y alcance del Plan de Igualdad

Se modifica el apartado 2 y se añaden tres nuevos apartados 4, 5 y 6 al artículo 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En concreto, sobre la ampliación del contenido, la redacción del artículo queda de esta manera:

Los planes de igualdad contendrán un conjunto ordenado de medidas evaluables dirigidas a remover los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Con carácter previo se elaborará un diagnóstico negociado, en su caso, con la representación legal de las personas trabajadoras, que contendrá al menos las siguientes materias:

  1. Proceso de selección y contratación.
  2. Clasificación profesional.
  3. Formación.
  4. Promoción profesional.
  1. Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y
    hombres.
  2. Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
  3. Infrarrepresentación femenina.
  4. Retribuciones.
  5. Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

La elaboración del diagnóstico se realizará en el seno de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, para lo cual, la dirección de la empresa facilitará todos los datos e información necesaria para elaborar el mismo en relación con las materias enumeradas en este apartado, así como los datos del Registro regulados en el artículo 28, apartado 2 del Estatuto de los Trabajadores.

3.- Creación de un Registro de Planes de Igualdad (obligatorio para las empresas registrar su Plan de Igualdad)

Se crea un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, como parte de los Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo dependientes de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas.

Las empresas están obligadas a inscribir sus planes de igualdad en el citado registro.

4.- Medidas pendientes de desarrollo reglamentario

En el Real Decreto se establece que reglamentariamente se desarrollará el diagnóstico, los contenidos, las materias, las auditorías salariales, los sistemas de seguimiento y evaluación de los planes de igualdad; así como el Registro de Planes de Igualdad, en lo relativo a su constitución, características y condiciones para la inscripción y acceso.

5.- Entrada en vigor de las medidas en torno a los Planes de Igualdad

Se establece la aplicación paulatina de los artículos 45 y 46 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

En concreto los plazos para su implantación serán los siguientes:

  1. Empresas de entre 151 y 250 trabajadores: dispondrán de un periodo de un año para aprobar el Plan de Igualdad.
  2. Empresas de entre 101 y 150 trabajadores: dispondrán de un periodo de 2 años para aprobar el Plan de Igualdad.
  3. Empresas de 50 a 100 trabajadores: dispondrán de 3 años para aprobar el Plan de Igualdad.

Desde IUS CONFIDENCE Abogados, ayudamos a nuestros clientes a elaborar el Plan de Igualdad con el diagnóstico inicial en materia de igualdad y finalizando con la implantación del plan en cumplimiento de la normativa legal.