Cuando la UDEF pregunta por el Compliance: la importancia de poder demostrar el cumplimiento

Cuando la UDEF pregunta por el Compliance: la importancia de poder demostrar el cumplimiento

Nuestro socio director, Martín Rosa, ha publicado en Diario LA LEY la tribuna “Cuando la UDEF pregunta por el Compliance”, en la que analiza una cuestión clave para empresas, asociaciones, fundaciones, partidos políticos y otras entidades: la necesidad de disponer de un sistema de Compliance penal eficaz, implantado y acreditable.

El Compliance no puede quedarse en un documento

La actualidad vuelve a recordar que el cumplimiento normativo no debe entenderse como una obligación meramente formal. Contar con un manual archivado, un código ético genérico o un documento adaptado superficialmente no es suficiente cuando una organización se enfrenta a una investigación penal.

En ese contexto, una de las primeras cuestiones que pueden analizar las autoridades es si existía un modelo de organización y gestión adecuado para prevenir delitos y si dicho modelo estaba realmente implantado, actualizado y respaldado por evidencias objetivas.

Desde la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, las organizaciones pueden responder penalmente por determinados delitos cometidos en su seno. Por eso, la pregunta ya no es solo si una entidad puede verse afectada por una investigación, sino si está preparada para demostrar que actuó con la diligencia debida.

La clave está en poder demostrar el cumplimiento

Un sistema de Compliance penal eficaz debe permitir acreditar que la organización ha identificado sus riesgos, ha establecido controles internos adecuados, ha definido responsables de supervisión y ha desplegado medidas proporcionales a su actividad.

No basta con afirmar que se cumple. Es necesario poder demostrarlo mediante documentación, registros, trazabilidad y procedimientos actualizados.

Por ello, cada obligación de cumplimiento debe generar evidencias verificables. La formación impartida debe poder acreditarse. Los controles internos deben dejar rastro documental. Las evaluaciones de riesgos deben revisarse periódicamente. Y los canales internos de información o denuncia deben gestionarse conforme a procedimientos claros y documentados.

Compliance penal, protección de datos y canales internos

En la práctica, muchas organizaciones han avanzado en determinadas áreas de cumplimiento, como la protección de datos personales, la implantación de canales internos de información o la aprobación de códigos éticos.

Sin embargo, estas medidas no deberían abordarse de forma aislada, sino integrarse dentro de un verdadero sistema de cumplimiento corporativo. Un plan de cumplimiento sólido debe contemplar una visión global de los riesgos legales y regulatorios que afectan a la entidad.

Entre las áreas que habitualmente deben coordinarse destacan el Compliance penal, la protección de datos, la normativa laboral, la seguridad de la información, los mecanismos internos de denuncia y la formación interna.

Un factor de prevención, confianza y competitividad

El Compliance ha dejado de ser únicamente una herramienta defensiva frente a riesgos legales. Hoy también es un factor de confianza y competitividad.

Cada vez más clientes, administraciones públicas, entidades financieras, inversores y socios comerciales exigen acreditar estándares de cumplimiento antes de contratar, financiar o establecer relaciones profesionales. Las organizaciones que disponen de sistemas robustos transmiten mayor confianza, reducen riesgos reputacionales y fortalecen su posición en el mercado.

La pregunta que deberían hacerse los órganos de administración no es solo cuánto cuesta implantar un sistema de Compliance, sino cuánto puede costar no tenerlo cuando surge una crisis, una inspección o una investigación.

Lee la tribuna completa en Diario LA LEY

Cuando las autoridades solicitan documentación, registros o evidencias, la diferencia entre un sistema de Compliance real y uno meramente formal se vuelve inmediatamente visible.

En materia de cumplimiento normativo, disponer de un documento no equivale a contar con un sistema eficaz. Y esa diferencia, llegado el momento, puede tener consecuencias jurídicas, económicas y reputacionales de enorme trascendencia.

Puedes leer la tribuna completa de Martín Rosa en Diario LA LEY.