El Anteproyecto de Ley de Protección al denunciante obliga nombrar un DPO a las empresas con más de 50 trabajadores

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El Anteproyecto de Ley de Protección al denunciante obliga nombrar un DPO a las empresas con más de 50 trabajadores

A finales de 2019 el Parlamento y el Consejo Europeo publicaron la nueva Directiva (UE) 2019/1937 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. En diciembre de 2021 finalizó el plazo para su transposición y España ha empezado a elaborar el Anteproyecto.

Esta Directiva impone la obligación a las empresas de más de 50 trabajadores de disponer de canales de denuncia interna para facilitar que las acusaciones realizadas por los trabajadores sean investigadas por un órgano interno.

En España es el Anteproyecto de Ley de protección de las personas el que vendría a regular las infracciones normativas y la lucha contra la corrupción, así como la obligación que recae sobre estas empresas de disponer de un Delegado de Protección de Datos DPO, a pesar de que no estén obligadas atendiendo al RGPD (art. 34).

De esta manera, el Gobierno concreta medidas más restrictivas para este tipo de compañías de mediano y gran tamaño.